La mayoría de los profesionales por cuenta propia creen que pueden deducirse el IVA al adquirir un vehículo, ya que lo van a usar para su actividad. No obstante, para poder descontárselo hay que probar que el coche se va a usar únicamente para su trabajo. Actualmente, las condiciones que pide la Agencia Tributaria lo hacen algo difícil, exceptuando ciertas actividades. Otra cuestión es deducirse el cincuenta por ciento del IVA (esto lo permite Hacienda).
En este tema hay que tener mucho cuidado porque puede terminar con una multa de la Agencia Tributaria que puede llegar hasta el cincuenta por ciento del dinero que nos hemos deducido, a lo que hay añadir también la cuantía que nos han devuelto por la deducción. Mirándolo así, los profesionales por cuenta propia se cuestionan si vale la pena hacerlo o no.
Normalmente, Hacienda deja que los profesionales por cuenta propia se deduzcan hasta un cincuenta por ciento del IVA de la adquisición de un automóvil. Siempre que esté dentro de este 50%, no va a pasar nada. La dificultad empieza si se quiere deducir más cantidad, ya que se basan en el artículo 95 de la Ley del IVA: “los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesión”.
Cómo deducir el 100 % del IVA
En este caso y para que Hacienda no te multe ni te obligue a reembolsar el dinero, el profesional por cuenta propia debe dedicar su actividad solamente al transporte. De hecho, a la Agencia Tributaria no se le escapa nada y lo detalla muy bien:
- Coches que van a tener como finalidad los diferentes viajes de trabajadores como comerciales o representantes.
- Los mixtos usados para el transporte de mercancías.
- Los automóviles de las autoescuelas.
- Los que se usen para algún tipo de exposición, publicidad o estudios.
- Automóviles que sirvan para los temas de seguridad y vigilancia.
- Los que se usen para llevar a viajeros a cambio de un dinero, como el taxi.
Entonces, en el caso de que el profesional por cuenta propia no pueda demostrar alguna de estas condiciones, ¿podría deducirse el 100 %? La respuesta es sí, pero tendría que probar que el coche se usa únicamente para el trabajo y esto es muy complicado.
Para evitar problemas, aconsejamos que en el caso de que el profesional por cuenta propia no cuente con los argumentos necesarios para poder demostrarlo, se deduzca solo el 50 %.
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