El Consejo de Ministros aprobó el pasado 17 de febrero la subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2026, y el Real Decreto 126/2026 se publicó en el BOE el día 19. A partir de ahora, ningún trabajador a jornada completa puede cobrar menos de 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos al año.
La subida es del 3,1% respecto al SMI de 2025 —que estaba fijado en 1.184 euros— y supone 37 euros más al mes por empleado. Una cifra que, sobre el papel, parece manejable. Pero si eres autónomo y tienes personas contratadas, el impacto real en tu tesorería es bastante mayor de lo que indica ese número.
En este artículo te explicamos exactamente qué tienes que hacer, qué plazos tienes y qué errores conviene evitar.
Cuánto cuesta realmente un empleado al SMI de 2026
Contents
- 1 Cuánto cuesta realmente un empleado al SMI de 2026
- 2 La retroactividad desde el 1 de enero: los atrasos que tienes que pagar
- 3 ¿Qué pasa con los convenios colectivos y los complementos salariales?
- 4 Los sectores que más lo van a notar
- 5 ¿Qué debes revisar antes de que acabe el primer trimestre?
- 6 Una subida que llega con más cambios en el horizonte
El error más habitual es calcular el impacto de la subida sumando únicamente la diferencia de salario bruto. Pero la realidad es otra.
Cuando sube el SMI, sube también la base mínima de cotización a la Seguridad Social. Esto significa que la cuota patronal —es decir, lo que tú pagas como empresa, no el trabajador— también se incrementa automáticamente. A la cotización por contingencias comunes y profesionales hay que añadir la cuota de desempleo, el FOGASA y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2026 sube al 0,9%.
El resultado es que mantener un puesto de trabajo al nuevo salario mínimo puede superar los 1.890 euros mensuales de coste total para el empresario. La diferencia con el coste de 2025 ronda los 700 euros anuales por empleado.
Si tu negocio tiene dos o tres trabajadores cobrando en el entorno del SMI, el incremento anual acumulado es un golpe directo al margen empresarial.
La retroactividad desde el 1 de enero: los atrasos que tienes que pagar
El Real Decreto 126/2026 establece que sus efectos se aplican desde el 1 de enero de 2026, aunque el texto se publicó en el BOE a mediados de febrero. Esto significa que, si ya has cerrado las nóminas de enero —y probablemente también las de febrero— sin aplicar el nuevo SMI, tienes una deuda salarial pendiente con tus trabajadores.
¿Cómo se gestiona? La práctica habitual es incluir esos atrasos en la nómina de febrero o marzo, como un concepto diferenciado. La diferencia mensual se acumula y se abona de una sola vez junto al salario ya actualizado.
Importante: en contratos a jornada parcial, el incremento y los atrasos se calculan de forma proporcional a las horas trabajadas. No es una cantidad fija de 37 euros para todo el mundo.
No gestionar estos atrasos a tiempo puede derivar en reclamaciones por parte de los trabajadores o, en caso de una inspección de trabajo, en sanciones. La actualización, por tanto, no admite demoras.
¿Qué pasa con los convenios colectivos y los complementos salariales?
Esta es la parte que genera más confusión entre los autónomos empleadores.
El convenio colectivo de tu sector puede fijar salarios que estaban por encima del SMI anterior. Si esos salarios, en cómputo anual, siguen siendo superiores al nuevo SMI (17.094 euros brutos/año), no tienes que hacer nada adicional: el convenio prevalece y no hay modificación obligatoria.
El problema viene cuando el convenio ha quedado por debajo del nuevo SMI. En ese caso, el SMI prevalece siempre, independientemente de lo que diga el convenio. Tendrás que subir el salario hasta alcanzar el mínimo legal.
Respecto a los complementos salariales (plus de transporte, nocturnidad, antigüedad, productividad…), la normativa vigente permite que se utilicen para alcanzar el SMI en cómputo anual mediante las reglas de compensación y absorción que recoge el artículo 3 del Real Decreto 126/2026. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo ha anunciado un decreto específico para limitar esta práctica, que obligaría a que el SMI se alcance únicamente con salario base, quedando los complementos al margen. Ese decreto, a día de la publicación de este artículo, todavía no está publicado en el BOE, pero conviene estar atentos porque su impacto podría ser significativo: según los cálculos del Gobierno, el sobrecoste medio para los negocios que usaban pluses para cubrir el mínimo podría rondar los 3.000 euros anuales por trabajador.
Los sectores que más lo van a notar
La subida del SMI no afecta por igual a todos los negocios. Los sectores donde más autónomos empleadores trabajan con salarios próximos al mínimo legal son, principalmente:
- Hostelería y restauración: bares, cafeterías, restaurantes con empleados a jornada parcial o completa.
- Comercio minorista: tiendas, puntos de venta, pequeños establecimientos.
- Servicios de limpieza y cuidados: empleadas del hogar, auxiliares, servicios a domicilio.
- Sector agrario: especialmente explotaciones con trabajadores de temporada o de corta duración.
- Logística y reparto: negocios de proximidad con personal de apoyo.
En todos estos sectores, los márgenes son ajustados y la masa salarial representa una parte importante de los costes totales. Cada subida del SMI, por moderada que sea, tiene un efecto amplificado cuando se combina con el incremento de cotizaciones.
¿Qué debes revisar antes de que acabe el primer trimestre?
Para que la subida del SMI no te genere problemas administrativos ni sorpresas en la cuenta de resultados, conviene que revises estos puntos en las próximas semanas:
- Actualiza todas las nóminas al nuevo SMI, tanto en importe bruto como en bases de cotización. Asegúrate de que ningún trabajador a jornada completa percibe menos de 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas (o 1.424,50 euros si tienes las pagas prorrateadas en 12 mensualidades).
- Calcula y abona los atrasos de enero en la nómina de este mes o del siguiente, reflejándolos como concepto separado.
- Revisa el convenio colectivo de tu actividad: comprueba si las tablas salariales quedan por encima o por debajo del nuevo SMI en cómputo anual.
- Analiza la estructura salarial de cada contrato: si utilizas pluses para llegar al mínimo, prepárate para un posible cambio normativo que elimine esa posibilidad.
- Recalcula tu previsión de costes laborales para 2026: el incremento en cotizaciones puede afectar a tu planificación fiscal trimestral y a la estimación de rendimientos.
Una subida que llega con más cambios en el horizonte
El SMI de 2026 no llega solo. Este año también continúa en tramitación el proyecto de ley para reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales —pendiente de aprobación parlamentaria— y se mantiene en debate el decreto sobre pluses salariales mencionado más arriba. El panorama laboral para el autónomo empleador en 2026 es, cuando menos, exigente en cuanto a seguimiento normativo.
Si tienes dudas sobre cómo aplicar estos cambios en tu nómina, cómo calcular los atrasos correctamente o cómo afecta la subida del SMI a tu convenio de referencia, en Zamorano Cruz Asesores podemos ayudarte a hacer los ajustes necesarios. Más de 20 años asesorando a autónomos y empresas en Sevilla nos permiten decirte, con datos en la mano, exactamente cuál es tu situación y qué pasos dar.



