Derogación de contratos e incentivos vinculados a la tasa de desempleo del 15%
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Quedan derogadas las medidas contractuales e incentivos a la contratación vinculadas a una tasa de desempleo superior al 15 por ciento. Por lo tanto, se derogan:
- El contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
- La posibilidad de celebrar contratos de formación y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 años.
- Los incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
- La contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos.
- Los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
- El contrato al primer empleo joven.
- Los incentivos a los contratos en prácticas
SMI para 2019
EL SMI, es decir la cantidad por debajo de la cual nadie puede trabajar, es desde 1-1-2019 de 900,00 euros /mes, es decir una subida de 22.3 %.
Así queda:
SMI ANUAL: | 12.600 euros |
SMI DIARIO. | 30,00 euros |
SMI MENSUAL: | 900,00 euros |
SMI Mensual incluida la prorrata de pagas extra | 1.050,00 euros |
Para eventuales y temporeros el salario mínimo será de 42,62 euros diarios y el de los empleados del hogar se incrementará hasta los 7,04 euros la hora.
Aquellos salarios regulados por Convenios Colectivos en cuantía inferior a las anteriormente expuestas, quedan sin efecto automáticamente y son sustituidos por este nuevo SMI, en virtud del principio de jerarquía normativa.
Medidas de Seguridad Social y otras
- Recargo en los contratos temporales de corta duración.
En los contratos de duración igual o inferior a 5 días, el recargo sobre la cuota empresarial pasa del 36 al 40 por ciento. - Derogación de la medida de acompañamiento al salario de los jóvenes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El Real Decreto-ley incluye la derogación de la medida de acompañamiento al salario de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje. - Se deberá incluir en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes participen en programas de formación, prácticas no laborales o prácticas académicas externas. Esta medida podrá beneficiar a 534.000 alumnos, según los cálculos del Gobierno.
Autónomos
- La principal novedad es la obligatoriedad de la cobertura de todas las contingencias: comunes (enfermedad común y accidente no laboral) y profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional), cese de actividad – prestación que duplica su periodo de duración pasando a 2 años- y formación y prevención.
- En cuanto a las aportaciones de los autónomos para 2019:
- La Base mínima de cotización pasa a ser de 944,40 euros (incremento del 1,25%).
- El tipo de cotización será de:
– 2019: 30%
– 2020: 30,3%
– 2021: 30,6
– 2022: 31%
- Este régimen de cotización de los trabajadores por cuenta propia tiene un carácter provisional, y está previsto sustituirlo el próximo año por un sistema basado en los ingresos reales.
- También se modifica la tarifa plana, con el fin de mejorar su efectividad. Durante los primeros 12 meses: si se cotiza por base mínima, 60 euros; si se cotiza por encima de base mínima, se reduce la cuota por contingencia común un 80%.
RESUMEN 2019
Tipo de AUTONOMOS | Base mínima | Cuota mínima |
Profesional | 944,40 euros | 283.32 euros |
Socio de empresa con control efectivo sobre la misma | 1.214,08 euros | 364,22 euros |
Tarifa plana | 944,40 euros | 60,00 euros (12 meses) |