¿Cómo debes deducir tu gasto en combustible si eres autónomo?

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Los gastos deducibles en autónomos son un asunto recurrente en cuanto a las dudas que estos se plantean a la hora de presentar sus impuestos. Se trata de un asunto importante a la hora de cuadrar sus cuentas y también en lo que se refiere a evitar posibles sanciones futuras por parte de la Agencia Tributaria.

Por tanto, es recomendable contar con una asesoría que les ayude a tomar decisiones tanto de índole fiscal y contable como es este caso, así como en otros aspectos como el laboral.

En este artículo nos vamos a centrar en un gasto que suele generar muchas dudas en cuanto a su tratamiento fiscal: El gasto en combustible de los trabajadores autónomos.

Un profesional autónomo puede deducirse una serie de gastos inherentes a la actividad por la que se encuentre dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Por tanto, es importante estar bien encuadrado en el epígrafe correspondiente, ya que condicionará la forma en la que va a tributar.

En el caso del gasto en combustible, la deducción puede llegar al 50% y según el caso, incluso hasta el 100%, siempre y cuando se cumplan las condiciones requeridas para ello.

¿Qué requisitos debe cumplir un autónomo para deducirse el gasto en combustible?

En primer lugar, como hemos comentado, un autónomo podrá deducirse entre el 50% y el 100% de su gasto en combustible, dependiendo del tipo de actividad que lleve a cabo y de si el vehículo que utiliza es exclusivo para su actividad o lo usa además para uso particular.

Para una deducción del 50%, será imprescindible que el autónomo sea el propietario del vehículo, o tenga a su nombre un contrato de alquiler del mismo, y además que la factura correspondiente a dicho consumo de combustible también esté a su nombre. Es importante entonces, pedir siempre factura.

Las condiciones para deducir más del 50% son bastante más restrictivas, ya que el autónomo debe concretar el uso profesional que da al vehículo, incluyendo los kilómetros que realiza en su actividad, para a partir de estos datos, aplicar el porcentaje a deducir.

Para una deducción del 100%, Hacienda atiende diferentes tipos de vehículos o usos:

  • Vehículos mixtos para transporte de mercancías.
  • Vehículo de transporte de pasajeros o de enseñanza a conductores, siempre que exista una contraprestación económica.
  • Vehículos que utilicen los propios fabricantes para pruebas o promociones.
  • Agentes Comerciales en los desplazamientos propios de su actividad.
  • Vehículos correspondientes a servicios de vigilancia.

La Agencia Tributaria ha introducido una novedad importante a la hora de poder deducir facturas de combustible, y es la no obligatoriedad de que la matrícula aparezca en la factura. Bastará entonces con que la misma esté a nombre del profesional.

En Zamorano Cruz Asesores, asesoramos y gestionamos toda clase de tributos de profesionales autónomos. Contacta con nosotros.

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